viernes, 7 de agosto de 2015

¿Se puede patentar el Software?

Uno de los temas que se encuentra a la orden del día es el de las nuevas tecnologías, las cuales se basan en los procesos de comunicación y se estructuran en tres áreas: informática, video y telecomunicación en el que se van desarrollando novedades casi a diario. Por eso, en Evolutiza Abogados & Asesores Tributarios entendemos que tiene especial importancia dar respuesta a la preocupación que tienen los usuarios de las mismas y a continuación explicaremos los cauces por los que se puede proteger la autoría de un software.



Como primera forma de protección, podemos mencionar el derecho de autor, en esta medida se incluyen todos los programas de ordenador, es lo que conocemos como copyright, que protege la expresión literal de la aplicación o software, pero no su contenido, las ideas que contienen, que es lo que en realidad tiene más importancia.

 La segunda forma, sería el registro del nombre de la aplicación como marca que aunque no protege el contenido del software, lo que evita es que se pueda utilizar denominaciones similares para otras aplicaciones. Este método bloquea un número importante de competidores.

Por último, hay que hablar de la patente, que si bien no se puede utilizar en todos los casos, es el método más potente de protección. Este tercer modo no es más que un derecho exclusivo que se le concede a una invención, o lo que es lo mismo, un producto que tiene una manera nueva de hacer algo o una solución diferente para un problema.

Para que un software se pueda patentar necesita cumplir los requisitos comunes, es decir:
  • que sea novedoso, que no exista un software idéntico 
  • que tenga actividad inventiva, que no se haya divulgado uno parecido que haga evidente su uso. 
  • que tenga aplicación industrial, es decir, que tenga carácter técnico. 
Además, tiene que contar también con un requisito muy concreto, y es que el software pueda resolver un problema técnico de una forma innovadora. Por ejemplo, un software para una aplicación de llamadas que mejore la calidad de la voz.

Aunque el requisito puede parecer a simple vista muy genérico, hay que estudiar en cada caso la posibilidad de ser o no patentado, por lo que os recomendamos que contactéis con nosotros para resolver todas las dudas.