Últimamente escuchamos con
mucha frecuencia la palabra crowdfunding, pero… ¿sabes qué significa y cómo
utilizarlo? En Evolutiza Abogados &
Asesores Tributarios contamos con abogados
expertos en la materia. Cuéntanos tu proyecto ¡y te guiaremos para que
triunfes!
En primer lugar, lo que debemos
conocer es qué es el crowdfunding o también llamado micromecenazgo, se trata de
un tipo de financiación colectiva, es decir, un grupo de personas financia
proyectos de otras personas. Suelen ser pequeñas aportaciones pero muy
numerosas.
Su regulación ha traído mucha
polémica. En la actualidad la ley que resulta de aplicación es la Ley de
fomento de la financiación empresarial, que pasamos a analizar a lo largo de
la entrada y que explica las características o requisitos que tiene que tener
un proyecto para poder ser financiado.
En cuanto a los tipos de crowdfunding podemos decir que existen tres principalmente, que son:
- Crowdfunding tradicional o de empresas: Tiene el funcionamiento más sencillo. El autor que presenta su obra (música, libro, exposición…) la financia con aportaciones económicas de usuarios que reciben a cambio una recompensa. Hay que reseñar que este crowdfunding no está afectado por la ley de la que venimos hablando.
- Equity Crowdfunding: En este tipo quien recurre a financiación es una empresa, que a cambio da acciones a los inversores que han colaborado. Este crowdfunding si se ve afectado por la nueva ley.
- Crowdlending: En este caso, una empresa o pequeño emprendedor que necesita financiación, recibe el dinero de inversores que no obtienen recompensa a cambio, si no que pasado un cierto tiempo se les devuelve la cantidad prestada y un interés añadido, que se había fijado antes. También se ve afectado por la ley.
Por lo que respecta a los tipos
de inversores, la nueva ley reconoce dos tipos: Inversores acreditados y no acreditados. Los primeros serían las
instituciones o empresas cuyos fondos tienen un activo de más de un millón de
euros, negocio de más de dos millones o recursos propios de 300.000 euros; o
persona física que tenga una renta anual de más de 50.000 euros o un patrimonio
de más de 100.000 euros. Los no acreditados son los que no cumplen estos
requisitos.
Los inversores acreditados no tienen
límites a la hora de invertir, pero los no acreditados tienen un límite de
3.000 euros por empresa y 10.000 euros por año y plataforma, el objetivo no es
otro que proteger a los pequeños inversores sin demasiada experiencia para que
no arriesguen mucho.
Lo que se persigue con la idea
del crowdfunding es
la financiación de cualquier obra por parte de pequeños inversores, que pueden
ser tanto personas físicas como empresas, siempre con los límites que impone la
ley. Gracias a este método, se han desarrollado numerosos proyectos y se espera
se impulsen numerosas obras que se
verían más limitadas si no existiera esta opción.