viernes, 23 de octubre de 2015

¿Cómo evito la doble imposición en mis inversiones extranjeras?

Desde Evolutiza Abogados & Asesores Tributarios queremos explicarte las medidas que debes tomar para evitar la doble imposición fiscal si decides invertir en el extranjero. ¡Nuestros abogados son especialistas en el tema!

Hoy en día, las empresas españolas tienden a expandirse hacia el extranjero y esto supone un cambio a nivel fiscal para que la internacionalización de estas empresas no suponga un factor negativo en su competitividad.


La ley sobre el Impuesto de Sociedades pretende  diferenciar en función de la forma en que desembarque la empresa en el extranjero. Esto puede producirse a través de una sociedad filial, de un establecimiento permanente o utilizando una unidad de tenencia de valores extranjeros residente en España.
  • Sociedades Filiales

Las rentas que proceden de las sociedades filiales y a las que se le aplican la deducción por la doble imposición son de dos tipos: 
    • Dividendos

A través de este método, las rentas del extranjero se integran en la base imponible y después se deduce de la cuota íntegra el impuesto extranjero. El único límite es la cantidad que corresponda pagar en España.
    • Plusvalías

Este método integra la renta extranjera en la base imponible española y después permite la deducción del 100% de la cuota íntegra que corresponde a dicha base imponible

    •  Exención integral

Este método se crea con posterioridad y engloba la deducción tanto de los dividendos como de las plusvalías. Aquí, las rentas extranjeras sólo tributan por los impuestos extranjeros que puede ser superior o inferior al español.

  •  Establecimientos permanentes

En este tipo de establecimientos existen tres formas de deducir la doble imposición, que son:

    • Método de imputación limitada

Las rentas que se reciben se integran en la base imponible del impuesto español para después deducir de la cuota íntegra el impuesto pagado en el extranjero, con el límite del importe que corresponde pagar en España.

    • Método de exención

Este método por el contrario, opta por integrar en la base imponible del impuesto español, la renta que se genera en el establecimiento permanente y después permite la deducción del 100% de la cuota íntegra que corresponde a la base imponible.

    • Método de exención integral

Este método coincide con el mencionado cuando hablamos de las plusvalías. Las rentas generadas en el establecimiento permanente en el extranjero, no se integran en la base imponible del impuesto español. De esta forma queda garantizado que las rentas de los establecimientos permanentes sólo tributan en el país donde se encuentran.

  •  Entidades de tenencia de valores extranjeros

El régimen fiscal de entidades de tenencia de valores extranjeros se regula a partir de la Ley 43/1995.

La norma que rige en la actualidad es la Ley 6/2000 que señala que para aplicar la deducción de la doble imposición interna respecto de las plusvalías, el receptor de éstas debe cumplir una serie de requisitos que se contienen en el artículo 28 de dicha ley.