El
siguiente artículo versa sobre la nueva política de papel cero en los juzgados
que queda plasmada en la ley 42/2015, de 5 de octubre, de reforma de la ley de
enjuiciamiento civil.
Si bien esta ley preveía su entrada en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 6 de octubre de 2015, la entrada en vigor de las previsiones relativas a la obligatoriedad de todos los profesionales de la justicia y órganos y oficinas judiciales y fiscales, que aún no lo hagan, de emplear los sistemas telemáticos existentes en la administración de Justicia para la presentación de escritos y documentos y la realización de actos de comunicación procesal en los términos de la ley procesal y de la ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y de la comunicación se estableció para el 1 de enero de 2016.
Está
ley, por tanto, establece que, tanto los profesionales de la justicia como los
órganos judiciales y fiscalías, están obligados a utilizar los medios
telemáticos existentes en la Administración de Justicia para la presentación de
escritos y documentos y la realización de actos de comunicación procesal.
El
gran cambio que supone frente al método tradicional ha hecho necesario que se
establezcan normas generales para la presentación de escritos por vía
telemática, lo que se podrá hacer todos los días del año y las 24 horas,
aplicándose el mismo régimen que para los escritos perentorios. También se
desarrollan una serie de garantías que deben reunir los justificantes que
acrediten la presentación del documento y se realizan adaptaciones precisas en
cuanto al traslado de copias de los documentos presentados, así como al valor
probatorio de los mismos.
De
la misma manera, se pretende aumentar la seguridad jurídica de los interesados
estableciendo medidas que garanticen el conocimiento de la puesta a disposición
de los actos de comunicación, como es el envío de avisos de notificación, a los
dispositivos electrónicos designados.
Como
novedad en materia de representación se establecen nuevos mecanismos para el
otorgamiento del apoderamiento apud acta de forma electrónica, así como su
acreditación a través de la inscripción en el archivo electrónico de
apoderamientos apud acta.
La
plataforma elegida para llevar a cabo la comunicación electrónica de documentos
y notificaciones se denomina LexNET. Está pensada para agilizar las gestiones y
reducir la burocracia mediante la modernización de los Tribunales. Es un
servicio online disponible 24 horas al día, los 365 días del año. Está ideado
como una herramienta de ayuda al profesional pues, no solo nos sirve para
comunicarnos con el juzgado sino que organiza y gestiona las notificaciones y
nos alerta, si lo configuramos de este modo, para que nos alerte al móvil
cuando recibimos una notificación. LexNET, según el Consejo General de la
Abogacía, garantiza la autenticidad e integridad de la transmisión, así como la
fecha y hora de envío y recepción, permitiéndonos la descarga de justificantes
de presentación de escritos con plena validez jurídica.
Para
poder acceder a LexNET Abogacía el abogado necesitará disponer de su carné
colegial con firma electrónica ACA en vigor, que es lo que le permite
identificarse como letrado en internet.
En Evolutiza
Abogados & Asesores Tributarios, no solo somos abogados especialistas en derecho empresarial con sede en Madrid,
Málaga, Chile, El Salvador, Perú, Reino Unido y Suiza, sino que tratamos de mantenerle
informado acerca de los cambios procesales que transforman nuestro día a día y
el de nuestros clientes.