No son pocas las noticias que nos
hablan del Estado de Alerta en el que se
encuentran los cuerpos de seguridad del Estado debido a la situación actual.
Ello ha supuesto cambios en la legislación nacional, por lo que queremos
explicar cuáles son los estados de alerta existentes y las modificaciones que
han sufrido recientemente.
En primer lugar, hemos de decir que os
encontramos en el Plan de Prevención y
Protección Antiterrorista, desarrollado por el Ministerio del Interior,
encargado del análisis permanente del riesgo de sufrir un atentado. Las medidas
que se llevan a cabo, tendrán una intensidad u otra dependiente del nivel de alerta antiterrorista (NAA),
que actualmente va desde el 1 (riesgo bajo) hasta el 5 (riesgo muy alto),
encontrándonos en este momento en el nivel 4 (riesgo alto), por la situación
vivida en otros países de Europa.
Sin embargo, no siempre se distinguieron
5 niveles. El nivel de alerta aparece en España en el año 2005, estableciendo 3
niveles. Posteriormente, en 2009, se distinguirían 4 niveles, con dos
intensidades, y no sería hasta mayo del pasado año 2015 cuando se instaurara el
actual sistema de 5 niveles.
Por último, podemos añadir que la
activación de los niveles compete al ministro de Interior, a través de la Secretaría
de Estado de Seguridad, previa emisión de los informes pertinentes.
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tratamos de mantenerle informado acerca de los cambios normativos dentro del
espectro jurídico más amplio posible.