martes, 2 de febrero de 2016

¡Despegamos! ¿Qué derechos tienes a la hora de volar?

Desde principios de los años noventa del siglo pasado, los viajes en avión han aumentado significativamente. Sin embargo, este rápido crecimiento también ha conllevado algunos inconvenientes,que normalmente afecta a los pasajeros. En Evolutiza Abogados y Asesores Tributarios nos preocupamos por tu bienestar y no queremos que la cancelación de tu vuelo te afecte, así que procederemos a explicarte que derechos tienes a la hora de volar.


Haciendo frente a este desarrollo, la Unión Europea ha estado trabajando desde 1991 para garantizar los derechos básicos de todos los pasajeros con el desarrollo de una legislación de aplicación en todos los países miembros de la Unión Europea. Dicho reglamento establece normas comunes de compensación y asistencia para los pasajeros aéreos en ciertas situaciones.

Esta normativa se aplica a los pasajeros que salen de aeropuertos situados en territorio de un estado miembro de la UE y a todos aquellos que llegan a dichos aeropuertos desde un tercer país cuando el vuelo es operado por una compañía de la UE.


RESUMEN DE LOS DERECHOS DE LOS PASAJEROS AÉREOS

  • Personas con discapacidad y personas con movilidad reducida
Bajo la legislación de la UE, las personas con discapacidad y/o movilidad reducida están protegidas ante la discriminación durante la reserva o el embarque. También tienen derecho a recibir asistencia en los aeropuertos y a bordo de los aviones.

  • Embarque denegado

Cuando a los pasajeros se les deniega el embarque a un vuelo, las compañías aéreas están obligadas, en primer lugar, a buscar voluntarios que renuncien a sus reservas a cambio de determinados beneficios (reembolso completo o modificación de trayecto). En segundo lugar, el pasajero puede tener derecho a una compensación, cuya cuantía dependerá de la distancia del vuelo y los retrasos ocurridos antes de la modificación del trayecto. Cuando los voluntarios eligen la modificación de trayecto, la compañía aérea debe además proporcionar la asistencia necesaria (comida, acceso a un teléfono, alojamiento si es necesario, y transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento).

  • Cancelación

El pasajero tiene igualmente derecho a una compensación idéntica a la que se le ofrece cuando se le deniega el embarque, a menos que haya sido informado de la cancelación al menos 14 días antes del vuelo o que con la modificación de trayecto haya llegado cerca de la hora inicialmente prevista, o si la compañía aérea puede probar que la cancelación fue causada por circunstancias extraordinarias.

Además, la compañía aérea debe ofrecerle la posibilidad de elegir entre:
    1. El reembolso de su billete dentro de siete días
    2. La modificación de trayecto
  • Grandes retrasos

El pasajero tiene derecho a asistencia por parte de la compañía aérea (llamada de teléfono, refrigerios, comida, alojamiento, transporte al lugar de alojamiento) si el retraso es de:
  • Dos horas o más para vuelos de 1500 km o menos
  • Tres horas o más para vuelos más largos dentro de la UE o para otros vuelos de entre 1500 y 3500 km
  • Cuatro horas o más para vuelos de más de 3500 km fuera de la UE

Si el retraso es de más de cinco horas, y el pasajero decide no continuar su viaje, también tiene derecho al reembolso de su billete y a volar de vuelta al lugar donde comenzó originalmente su viaje.

Si llega a su destino final con un retraso de tres horas o más, puede tener derecho a una indemnización idéntica a la que le corresponde en caso de cancelación del vuelo, salvo si la line aérea puede demostrar que el retraso ha sido provocado por circunstancias excepcionales. Además, las líneas aéreas pueden verse obligadas a responder por los daños derivados de los retrasos.

  • Equipaje

Si el equipaje se extravía, se daña o retrasa, puede tener derecho a una compensación previamente fijada. No obstante, las compañías aéreas carecerán de responsabilidad cuando hayan adoptado todas las medidas a su alcance para evitar esos daños o cuando les haya resultado imposible adoptar esas medidas.

Por el equipaje dañado, el pasajero puede hacer una reclamación a la compañía aérea en un plazo de siete días después de recibir su equipaje. Por la recepción retrasada del equipaje, este periodo máximo es de 21 días.

  • Identificación de la compañía aérea

El pasajero debe ser informado, con anterioridad, sobre qué compañía opera su vuelo. Las compañías aéreas que pueden resultar inseguras estás prohibidas o restringidas dentro de la UE.

  • Paquetes de vacaciones
Los organizadores y distribuidores de paquetes de vacaciones están obligados a proporcionar información precisa y completa sobre los paquetes de vacaciones reservados. Están obligados a respetar los términos contractuales y a proteger a los pasajeros en el caso de insolvencia del organizador.

  • Transparencia de precios

De conformidad con la legislación de la UE, cuando se compra un billete para un vuelo que despegue de un aeropuerto de la UE, las condiciones aplicables tienen que ser explicadas claramente. El precio final a pagar debería estar indicado en todo momento y debe incluir las tarifas aéreas y las tasas aplicables, así como los cargos, subcargos y tarifas inevitables y predecibles en el momento de la publicación.

También debe mostrarse el desglose de la tarifa, los impuestos, las tasas del aeropuerto y, finalmente, los otros cargos, sobrecargos y tarifas. Los suplementos de precio opcionales le deben ser comunicados de una forma clara, transparente y no ambigua al comienzo del proceso de reserva, y la aceptación de los mismos por su parte debe ser opcional.