martes, 29 de septiembre de 2015

¿Qué son las SOCIMIs?(I). Incorporación al Mercado alternativo Bursátil

Evolutiza Abogados & Asesores Tributarios practica derecho financiero de verdad. Somos especialistas en el asesoramiento jurídico a empresas que organizan su patrimonio a través de SOCIMIs y en general en empresas que buscan financiación a través del mercado alternativo bursátil.

Por eso queremos hacer una análisis de requisitos de cumplimiento para incorporarse al MaB (circular 5/2010 de BME).


Estos requisitos son:
  1. Las sociedades que se incorporen deben ser Sociedades anónimas, españolas y extranjeras.
  2. El Capital social debe estar totalmente desembolsado.
  3. No debe existir restricción legal o estatutaria alguna que impida la negociación y transmisibilidad de sus acciones.
  4.  La representación de las acciones debe ser por anotaciones en cuenta.
  5. El régimen contable y la información financiera que difundan se ajustará a los estándares contables.
  6. La sociedad debe obtener ingresos significativos como consecuencia de la comercialización del producto.
  7. Las sociedades que, en el momento en que soliciten la incorporación de sus acciones, no cuenten con dos ejercicios completos deberán presentar unas previsiones o estimaciones relativas al ejercicio en curso y al siguiente en las que, al menos, se contenga información económica-financiera completa.
  8. En el supuesto de que la actividad de la sociedad tenga una antigüedad inferior a dos años, los accionistas de referencia y los principales directivos deberán comprometerse a no vender acciones ni realizar operaciones equivalentes.
  9. Los estatutos sociales deberán incluir los siguientes apartados:
    • Comunicación de participaciones significativas.
    • Publicidad de los pactos para sociales.
    • Solicitud de exclusión de negociación en el MaB.
    • Cambio de control de la sociedad.
  10. Requisitos para las acciones susceptibles de incorporación
  11. Designar un Asesor Registrado de entre los que figure en el registro especial establecido.
  12. Suscribir a un Proveedor de Liquidez.

Por otro lado, un análisis del cumplimiento de condiciones no reglamentarias:
  1. Disponer de un detallado Business Plan.
  2. Equipo directivo. Retribuciones al equipo directivo.
  3. Evolución positiva del negocio
  4. Cumplimiento de los principios básicos de buen gobierno: 
    • Elaboración de un reglamento interno de la Junta General de accionistas.
    • Elaboración de un reglamento interno del Consejo de administración.
  5. Necesidades Periódicas de Información
    • Información general y relativa a la compañía y su negocio. Semestral y anual.
    • Información relativa las acciones.
    • Otras informaciones de interés.
    • Registro Público y difusión al mercado.

En resumen, para la constitución y mantenimiento de la SOCIMI en el MAB es necesario:
  1. Hacer efectiva la Constitución o conversión de la Sociedad en SOCIMI e incorporarla a cotizar en el MaB.
    • Listing / Colocación Privada 
    • Mediante OPV/ OPS
  2. Elaboración del documento de presentación de la empresa en el MaB.
  3. Contratación del colocador de la emisión y del proveedor de liquidez (Solventis).
  4. Cumplir con los requisitos para seguir gozando de las ventajas fiscales asociadas a la SOCIMI.
  5. Cumplir con los requisitos del MaB. Comunicación de hechos relevantes