La disposición transitoria 5ª de la Ley
3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral,
supuso una serie de controversias, que se verían matizadas por STS de 29
septiembre de 2014, no suponían un panorama diáfano a la hora de calcular la
cuantía de las indemnizaciones por despido.
Es por ello que el Tribunal
Supremo ha vuelto a pronunciarse en sentencia
del 18 de febrero de 2016, tratando de asentar las bases definitivas
(esperemos) en relación al cálculo de la indemnización, por lo que desde Evolutiza
Abogados & Asesores Tributarios queremos
resumir las acotaciones
realizadas por la sentencia. 
